El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha abierto una consulta pública sobre el Proyecto de orden ministerial por la que se establecen los criterios depara determinar cuándo las escorias de horno de arco eléctrico (acero al carbono, cobre y silicomanganeso) destinadas para el uso como árido, dejan de ser residuos y pueden ser consideradas como producto de manera oficial.

La situación legal de la escoria y su clasificación como producto, residuo o subproducto ha sido objeto de debate desde hace décadas, ya que dependiendo de la naturaleza y composición del material mineral natural, reciclado mecánico o chatarra utilizados como materia prima, las características de las escorias varían de unas a otras.

En la futura orden se establecerán los criterios de fin de condición de residuo que serán exigibles a las escorias generadas durante la fundición de horno eléctrico para determinados usos posteriores como son árido, en aplicaciones ligadas y no ligadas, y también para otros usos que serían, por un lado, como materia prima en la fabricación de productos de construcción (cemento y clinker) y, por otro, como material abrasivo.

La documentación de referencia está disponible en la web del MITERD y el plazo de presentación de observaciones al mismo finaliza el 30 de septiembre.

La propuesta de Fin de Condición de Residuo y sus prescripciones como árido artificial serán analizadas desde el Comité de Calidad y del de Árido Reciclado. En caso de estar interesado en participar en su análisis y revisión, ponte en contacto con nosotros enviando un mail a anefa@aridos.org.