El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal. El texto tiene por objeto reordenar la legislación vigente, fruto del mandato del Parlamento para refundir, armonizar, clarificar y ordenar la legislación concursal, que ha sufrido 28 modificaciones desde su aprobación en 2003, redactar las disposiciones normativas de forma que se facilite su comprensión y aplicación, eliminación de duplicidades y contradicciones.

Busca la preparación de la norma para su futura actualización con la incorporación en un futuro inmediato de la Directiva europea sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.

También permite poner en marcha futuras reformas normativas para paliar los efectos económicos sobre las empresas que pueda generar la actual crisis del Covid-19.

El nuevo texto refundido cuenta con un total de 752 artículos divididos en tres libros: concurso de acreedores, derecho preconcursal y derecho internacional privado.

Con la reordenación llevada a cabo en el texto legal, se facilita la identificación de la norma y la comprensión de la función que cumple. Así, en cuanto a la regulación de la masa activa se incluyen cuestiones relativas a su composición y conservación y también reglas generales sobre enajenación de los bienes y derechos que la componen, acciones de reintegración y reducción y regulación de los créditos contra la masa.

Si bien se aumenta en 510 artículos el texto respecto del anterior de 2003, se debe destacar que por cada cuestión en el nuevo texto habrá un solo artículo mientras que con la anterior redacción un solo precepto aglutinaba diversas cuestiones heterogéneas, dando lugar un solo artículo a todo un capítulo o sección.

La nueva norma ha sido informada por el CGPJ, el Consejo Fiscal y las Secretarías Generales Técnicas de los Ministerios componentes (Justicia y Asuntos Económicos y Transformación Digital) y fue objeto de información pública recibiéndose más de 23 escritos de observaciones.

El Real Decreto Legislativo aprobado hoy no entrará en vigor hasta el 1 de septiembre de 2020 para que todos los operadores jurídicos tengan tiempo suficiente para conocerlo en profundidad.