De conformidad con el mandato previsto en la disposición final primera del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres de facilitar un modelo de procedimiento para realizar una valoración de puestos de trabajo, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres han publican en sus respectivas páginas web la Herramienta para la valoración de puestos de trabajo y su guía de uso.

La herramienta da cumplimiento a la obligación señalada en el Real Decreto a los poderes públicos de “garantizar la efectividad del principio de igual retribución por trabajos, no solo iguales, sino de igual valor”.

A través de la herramienta se articula un procedimiento de valoración de puestos de trabajo que permite realizar una estimación objetiva de los requerimientos necesarios para llevar a cabo cada uno de los puestos de trabajo de la empresa atendiendo al contenido de la prestación laboral que desarrollan.

El Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, define los tres criterios que ha de cumplir una correcta valoración: adecuación: los factores relevantes en la valoración deben ser aquellos relacionados con la actividad y que efectivamente concurran en la misma; totalidad: deben tenerse en cuenta todas las condiciones que singularizan el puesto del trabajo, sin que ninguna se invisibilice o se infravalore; objetividad: deben existir mecanismos claros que identifiquen los factores que se han tenido en cuenta y que no reflejen estereotipos de género.

El procedimiento requiere determinar todos los puestos de trabajo presentes en la plantilla de la empresa y evaluar para cada uno de ellos la totalidad de los factores que se han incluido en la herramienta conforme a una escala. Una vez completada la evaluación, la herramienta ofrece de manera automática la puntuación numérica que refleja el valor de cada puesto, y pasa a incluirlo en agrupaciones de puestos de trabajo de igual valor.

En cuanto a los factores de valoración, se han seleccionado elementos que permiten apreciar las características de un determinado puesto, como la naturaleza de las funciones o tareas, condiciones educativas, condiciones profesionales o de formación, y condiciones laborales y factores estrictamente relacionados el desempeño. Por ejemplo, la polivalencia o definición extensa de obligaciones; los esfuerzos físico, mental y emocional; la responsabilidad de organización, coordinación y supervisión; las responsabilidades funcionales o la autonomía.

Se ofrece una definición objetiva de cada uno de los factores de valoración a la que se acompaña una lista ejemplificativa de puestos en la que el factor podría ser relevante.

Además, para analizar la intensidad con la que concurre un factor en un determinado puesto de trabajo se ha definido una escala de niveles en cada factor.

La herramienta permite a cada puesto alcanzar una puntuación máxima de 1000 puntos. La puntuación asociada a cada factor y cada uno de sus niveles viene predeterminada, no pudiendo modificarse por quienes usen la herramienta. Una vez finalizada la evaluación de los puestos de trabajo, la herramienta los clasifica en agrupaciones de puestos de trabajo de igual valor.

La valoración de puestos de trabajo es necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones de las empresas que elaboren planes de igualdad de realizar una auditoría retributiva como parte del diagnóstico del mismo y de recoger en su registro retributivo adicionalmente la media aritmética y la mediana de las percepciones salariales de los puestos de trabajo de igual valor.

De esta forma, se facilita a las empresas la identificación de diferencias retributivas en los puestos de trabajo que puedan resultar discriminatorias, cuando esas retribuciones no se correspondan con el valor de los puestos.