El TSJ de Castilla y León ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Nacional de Empresarios Fabricantes de Áridos-ANEFA- contra Ordenanza Municipal reguladora de los Caminos Rurales y de la Ordenanza Reguladora de la tasa para la protección de los Caminos Rurales y Vías Públicas aprobada por el Ayuntamiento de Valoria la Buena (Valladolid), que, en relación al transporte de áridos, gravaba el simple hecho de circular por los caminos con una tasa cuya cuota tributaria se calcula en función del aprovechamiento (tarifa que oscilaba entre 0,025 y 0,070 euros/Tm. Km.) x peso del vehículo x la distancia recorrida.
El TSJ, acogiendo los motivos invocados por ANEFA, reconoce que la regulación contenida en la norma municipal no es ajustada a Derecho, declarando la nulidad de la tasa.