En fecha reciente, se ha llegado a un acuerdo con SIMECAL para la inspección de palas cargadoras sobre ruedas y, en el futuro, de otros equipos móviles y semimóviles, conforme a lo exigido en la Orden ITC/1607/2009, de 9 de junio, de «Puesta en servicio mantenimiento reparación e inspección de equipos de trabajo» del Reglamento general de normas básicas de seguridad minera, por lo que este servicio ya está disponible para las empresas que deseen solicitarlo.
Solamente podrán realizar las mencionadas inspecciones una Entidad colaboradora de la Administración en el ámbito del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, (ECA minera), acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación -ENAC- y autorizada por la correspondiente Dirección General de Minas para actuar en todo el territorio nacional.
Esta ITC configura la obligatoriedad de la inspección reglamentaria de maquinaria móvil en las industrias del ámbito de aplicación del reglamento.
Hasta, la fecha, la única especificación técnica publicada es la correspondiente a «palas cargadoras sobre ruedas» (BOE nº 310 de 2010). A raíz de su entrada en vigor, el día 22 de junio de 2011, las maquinas en servicio disponen para hacer la primera inspección reglamentaria de los siguientes plazos:
PRIMERA INSPECCIÓN:
1. Las palas cargadoras sobre ruedas en servicio a la fecha de 22 de junio de 2011, disponen para hacer la primera inspección reglamentaria de;
- Un año, las palas cargadoras sobre ruedas que a 22 de junio de 2011 hayan sido fabricadas hace 10 años o más, disponen para hacer la primera inspección hasta el 22 de junio de 2012.
- Dos años, las palas cargadoras sobre ruedas que a 22 de junio de 2011 hayan sido fabricadas hace menos de 10 años, disponen para hacer la primera inspección hasta el 22 de junio de 2013.
2. Las palas cargadoras sobre ruedas que se pongan en servicio por primera vez a partir del 22 de junio de 2011, realizarán la primera inspección técnica a los tres años desde su puesta en servicio.
INSPECCIONES PERIÓDICAS:
3. Adicionalmente, y una vez realizada la primera inspección de acuerdo con los apartados anteriores según proceda, todas las palas cargadoras sobre ruedas serán inspeccionadas periódicamente con los plazos indicados a continuación:
- Máquinas fabricadas hace seis años o menos: Cada tres años.
- Máquinas fabricadas hace más de seis y hasta diez años de antigüedad: Cada dos años.
- Máquinas fabricadas hace más de diez años de antigüedad: Cada año.
Dado que este servicio se presta directamente, para contactar con SIMECAL, se puede optar por las siguientes alternativas:
- Cumplimentar el boletín adjunto y remitirlo cumplimentado y sellado al fax 918 106 160 / 983 362 901, o bien al E-mail: ecaminera@simecal.com
- Cumplimentar y enviar el formulario de contacto para inspección técnica de palas cargadoras de ruedas, disponible en la web de SIMECAL www.simecal.com
Como es habitual, ANEFA ha desarrollado esta iniciativa con objeto de dar los mejores servicios a las empresas miembro, por lo que esperamos que éste responda a las expectativas de esa empresa.